Qué es Acoso o MobbingLaboral

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Qué es - Acoso o Mobbing Laboral

Cuando hay Acoso o Mobbing, Casos

Evidentemente, como toda categoría humana, el Acoso Laboral admite gran pluralidad de variedades, y puede darse de muchas formas.

Son conductas típicas de Acoso Laboral o Mobbing: los malos trato de palabra y obra (sistemáticos y reiterados en el tiempo); las conductas que buscan el vacio y aislamiento de las personas; la divulgación de rumores, infamias, y cualquier tipo de comentario despectivo que atente contra nuestra fama y reputación personal o profesional.

En general, para poder hablar de mobbing es necesario que se de una continuidad en el tiempo.

CASOS de Acoso o Mobbing Laboral
  • Insultos. Falta de respeto
  • Vejaciones
  • Agresiones
  • Discriminación, chistes o bromas sobre la raza, el género, el origen de nacimiento, orientación sexual,
  • Burlas sobre la apariencia física o la forma de vestir que buscan ridiculizarte en público
  • Ataques a la vida privada. Alusiones públicas a hechos de tu intimidad, vida privada o familiar
  • Sobrecarga de trabajo (a sabiendas), asignando trabajos irrealizables, degradantes o inútiles
  • Degradación profesional
  • Amenazas continuas de que te van a DESPEDIR
  • Obstáculos a la promoción y progreso profesional
  • Ninguneos, puenteos
  • Rumores y maledicencias atentatorios contra derechos personales, contra la imagen, el honor
  • Cierre del cauce de comunicación con los compañeros. Aislamiento
  • Evaluaciones del desempeño arbitrarias e injustas
  • Modificaciones y cambios de las condiciones laborales

Pero recuerda que un solo acto injusto o una grosería puntual de tu jefe, no es acoso, se necesita de reiteración de actos, o sea que se repitan.

Tipos de acoso, según quién te acose

Puede ser culpable acoso el propio jefe o directivo (acoso vertical) u otros compañeros (horizontal).

El más usual es el que parte de una relación asimétrica de poder. Esto es el acoso vertical

Incluso puede ser culpable de acoso un tercero que no trabaje en la empresa, pero que esté vinculado al trabajo de alguna forma.

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Casos en los que NO puede hablarse de Acoso o Mobbing

En prinicipio, que te bajen el sueldo, te trasladen de centro o que te cambien el horario; no serían por si solas conductas que se puedan calificar como mobbing.

Tampoco que te prohiban bajar a la calle a fumar.

Exceso de trabajo puntual

Es bien entendido que la mera sobrecarga de trabajo que muchos soportamos no tiene que ser, per se, acoso. Habrá que analizar cada caso concreto, para discernir la esencia de las situaciones, y no confundir lo que es un abusivo ejercicio del poder de dirección con mobbing.

Faltas al respeto, como insultos y gritos, siempre que no sean repetidos

Tampoco el mal genio y la mala educación del superior tiene porque considerarse acoso. Con independencia que tales hechos puedan suponer vulneraciones de derechos personales, como el de la dignidad, contemplados de forma inexorable por nuestra legislación vigente y por la norma constitucional, y por tanto susceptibles de ser defendidos ante los Tribunales de Justicia.

Tampoco, en principio, son mobbing episodios aislados de falta de respeto (igualmente reprobables y rechazables).

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